Matías Riroroko, 73 años de edad, fue detenido
el 26 de agosto en el aeropuerto de Santiago e ingresado a la Cárcel Santiago
Uno. Allí permaneció, pese a su delicada condición de salud y respetable edad,
en las muy precarias condiciones en que se encuentran las personas privadas de
libertad en Chile Continental, el que es totalmente desconocido para una
autoridad tradicional.
El
martes 12 de abril, Raúl Ochoa, fiscal titular de la “Causa Parlamento” (como
fuere denominada en los archivos de la fiscalía) comunicó a la nueva Juez de
Letras y Garantía de Isla de Pascua, su decisión en orden a no perseverar en la
causa seguida en contra de Leviante Araki, Mario Tuki, Lolita Tuki y la familia
Riroroko-Hey, con lo que fenecía la causa por la que se pretendió criminalizar
la legítima reivindicación territorial del Pueblo Rapa Nui.
Esto
quiere decir que a su juicio no logró reunir antecedentes que fueran suficientes
para acusar a estas personas por los delitos que él mismo les imputó en
audiencias de formalización que tuvieron lugar a partir del 30 de agosto pasado:
asociación ilícita, estafa, exacción ilegal, amenazas, desórdenes públicos,
falta de respeto a la autoridad, obstrucción a la justicia, desacato.
Cabe
consignar que además de estas falsas imputaciones, el fiscal Ochoa solicitó
medidas cautelares personales en contra de estas personas. Fue así que Matías
Riroroko y su hija Elisabet Riroko pasaron aproximadamente dos semanas en
prisión preventiva.
En
efecto, Matías –de 73 años de edad- fue detenido el 26 de agosto en el
aeropuerto de Santiago e ingresado a la Cárcel Santiago Uno. Allí permaneció, pese
a su delicada condición de salud y respetable edad, en las muy precarias
condiciones en que se encuentran las personas privadas de libertad en Chile
Continental, el que es totalmente desconocido para una autoridad tradicional.
En
ese lugar recibió burlas y descalificaciones por su condición de Rapanui, hasta
que un día sábado lo despiertan a las 4:30 de la mañana para decirle que lo
llevarían a Rapanui. Sin avisarle a su abogado, la medianoche de ese día -29 de
agosto 2015- llegó a la Isla.
Para
su sorpresa, no lo dejaron descansar ni un minuto, antes de llevarlo esposado donde
la Jueza que había en ese entonces (María Cornejo) pese al largo viaje y a que
era de madrugada. Ya en la audiencia, Matías Riroroko solicitó esperar que
llegara su abogado. Pero la Jueza Cornejo no solo rechazó postergar la
audiencia en espera del defensor del imputado, realizando la audiencia entre la
una y las 4 de la madrugada sino que, ante la solicitud de prisión preventiva
del mismo Fiscal Ochoa, accedió a esta, dejándolo encarcelado por
aproximadamente dos semanas, junto a su hija Elisabet, según ellos, “por ser un
peligro para la sociedad”.
Sin
embargo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso, tras sendos recursos de la
defensa, revocó en tres ocasiones las resoluciones de la Jueza Cornejo que
accedía a las solicitudes del mismo Fiscal. En la primera ocasión la Corte revocó
la prisión preventiva en contra de Matías y su hija Elisabet; luego revirtió el
arresto domiciliario total de los mismos; y finalmente dejó sin medidas cautelares
a Lolita Tuki y Valeria Hey, aduciendo en este caso que “no existían indicios
sobre la existencia de algún delito”.
Los
afectados por la “criminalización” llevada adelante por la Jueza Cornejo y el Fiscal
Ochoa interpusieron un recurso de queja contra de aquella y un reclamo por
formalización arbitraria en contra de éste.
Finalmente
la Jueza Cornejo dejó sus funciones en la Isla –por razones no especificadas
aún- mientras que la persecución de Ochoa terminó en un rotundo fracaso.
En
entrevista con Prensa Rapa Nui el abogado Pablo Villar expresó que “sin dejar
de valorar lo que implicó esta causa judicial y la investigación del Ministerio
Público para estas personas, sus familias y su comunidad, en orden a las
constricciones corporales a las que fueron sujetos, ya sea tomados detenidos,
siendo perseguidos judicialmente y solicitándose en su contra penas de cárcel
lo que desde ya catalogamos como una vulneración grave a sus derechos
fundamentales; es necesario hacer presente con preocupación que la
manipulación política que se hace de la herramienta político criminal que
ostenta el Ministerio Público, la persecución penal pública, resulta algo
patente en nuestro procedimiento penal, hasta en territorio insular”.
Agregó
el jurista: “Lamentablemente no es la primera vez que se utiliza la persecución
penal para obstruir procesos políticos democratizadores del poder central que
ejerce el Estado Chileno sobre ese lejano territorio insular mal llamado Isla
de Pascua, siendo Rapanui su denominación.
“Ya
se perseguía a principios de siglo a los rapanui que osaban levantarse en
contra de la esclavitud que realizó la Compañía Explotadora Ovejera Australiana
a la que el Estado Chileno le arrendó la Isla con todos sus ocupantes a cambio
de una suma de dinero, poco después de haber firmado un Acuerdo de Amistad con
los rapanui, en que se comprometía a llevarlos como un hermano mayor al menor.
“En
nuestros tiempos, no solo se está obstruyendo el legítimo derecho del Pueblo
Rapanui de administrar sus territorios sagrados, mal llamado Parque Nacional,
sino que se persiguió político judicialmente a un movimiento que además
reivindica la regularización migratoria de su territorio y el control sobre la
explotación de sus recursos naturales, culturales y económicos, derecho
reconocido en las cartas internacionales que ha suscrito el Estado Chileno,
comprometiéndose al respecto el derecho a libre determinación de los Pueblos,
que hoy día criminaliza” sentenció Villar
Fono contacto abogado Pablo Villar:
9 8260 6247
Lola Tuki: 9 6214 4264
Prensa Rapa
Nui
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